Caracas/ECDS
FM/08-11-2018.- La Superintendencia de las Instituciones del
Sector Bancario (Sudeban) remitió en días pasados el instructivo a
las entidades bancarias para ordenarles el bloqueo de las operaciones
de los clientes que ingresen a la página de los bancos desde el
exterior si no notificaron su salida de Venezuela con anticipación.
Esto,
en relación a la circular N° 14539, con fecha 27 de agosto de 2018,
en la que la Sudeban pidió a los bancos solicitar a sus clientes
información relacionada a sus posibles salidas del país, lugar de
destino y periodo de tiempo que estarán fuera, para que puedan
acceder a la plataforma bancaria y realizar sus operaciones.
En
el caso de que la institución bancaria identifique alguna
transacción en el exterior que corresponda a clientes que no hayan
notificado previamente su salida del país, se deberá a proceder a
imposibilitar el acceso para realizar transferencias en línea. Dicho
bloqueo durará hasta que el ciudadano suministre la información
requerida.
Además,
los bancos deberán informar semanalmente a la Superintendencia los
datos de los venezolanos que salieron del país; el registro de todas
las operaciones que se realicen desde el exterior; y, en caso de los
clientes que no hayan notificado su salida, deberán reportar los
datos correspondientes, la fecha del condicionamiento preventivo y
las direcciones IP de las cuales se registraron los accesos.
En
el instructivo se señala que los clientes que requieran efectuar
transferencias electrónicas hacia terceras personas (naturales o
jurídicas) o realizar el pago de tarjetas de crédito a otros
beneficiario, en el mismo banco o en otro, desde el exterior a través
de la Banca por Internet, deberán informar previamente a la
instituciones bancarias sobre su situación.
El
resto de las operaciones bancarias, señala el documento, como
depósitos en cuenta, depósitos por concepto de pago de las
pensiones del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales,
transferencias electrónicas recibidas (propias o de terceros), pago
de servicios públicos (luz, agua, telefonía fija y celular,
impuestos nacionales o municipales, entre otros), transferencias
electrónicas o pagos de tarjetas de crédito hacia el mismo titular
dentro del mismo banco o en otro, adelanto en efectivo a cuenta desde
la tarjeta de crédito, solicitud de créditos o cualquier otra
operación distintas a las mencionadas en el párrafo anterior no
requieres de una notificación previa por parte del cliente hacia el
banco para que puedan realizarse desde el exterior.
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