Absalón Méndez Cegarra
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empeño gubernamental en destruirlo todo, bajo el amparo de una supuesta
revolución, al parecer, no tiene límites. El gobierno, coincidiendo,
curiosamente, con las más rancias propuestas neoliberales, es decir, aquellas
que ven en las reivindicaciones de los trabajadores y en sus organizaciones
clasistas, potenciales o reales obstáculos al progreso económico y social, se
propone acabar, como lo hizo con el sindicalismo, la organización gremial
universitaria, representada en las asociaciones de profesores universitarios y
en la federación que las agrupa: la Federación de Asociaciones de Profesores
Universitarios de Venezuela (FAPUV), la cual tiene afiliadas a 18 Asociaciones
y a más de 40.000 profesores. Para lograr tan despreciable objetivo ha
estimulado el paralelismo sindical, promoviendo la creación de sindicatos
patronales, con dirigentes oficialistas impuestos, carentes de
representatividad y legitimidad. Tres argumentos se esgrimen como justificación
de esta lamentable práctica anti trabajadora. Primero, la necesidad de
convertir las asociaciones gremiales en organizaciones sindicales. Segundo, la
convocatoria a discutir una “Normativa Laboral”, sectaria y excluyente, pero,
igual, para todas las categorías de trabajadores universitarios, sin considerar
las especificidades existentes entre la actividad académica y de investigación,
como razón de ser de una Universidad, y los factores de apoyo que coadyuvan o
contribuyen al logro del fin supremo universitario. Tercero, el supuesto
desgaste u obsolescencia de las “Normas de Homologación”, en tanto régimen
impuesto en la década de los años 80 para regular las relaciones laborales del
profesorado universitario, en aspectos particulares de la relación laboral, por
ejemplo, salario y beneficios socio-económicos.
Con
el primer argumento se procura deslegitimar un gremio universitario con gran
arraigo en Venezuela, con una tradición de lucha indiscutible, altamente representativo
del profesorado universitario, tal es el caso de la FAPUV. Para levantar las
banderas de defensa de los trabajadores, éstos han creado, a lo largo de la
historia humana, diversidad de organizaciones: cofradías, gremios, hermandades,
mutualidades, montepíos, sociedades de socorro mutuo, asociaciones, sindicatos,
etc. Los gremios profesionales, como el de los profesores universitarios,
suelen organizarse en asociaciones civiles, sin fines de lucro, orientadas a
proteger y defender a sus asociados. El derecho de asociación existe en
Venezuela y la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, lo
establece en el artículo 52, en los términos siguientes: “Toda persona tiene el
derecho de asociarse con fines lícitos, de conformidad con la ley. El Estado
estará obligado a facilitar el ejercicio de este derecho”. Más adelante, en el
artículo 118, se reconoce el “derecho de los trabajadores (…) para desarrollar
asociaciones de carácter social y participativo (…)”; por consiguiente, la
asociación es una forma de organización válida de toda persona y, por supuesto,
de los trabajadores. Sin ánimo peyorativo, no se necesita ser un sindicato o
estar afiliado a un sindicato para defender los derechos de los trabajadores.
Lo que está planteado es deslegitimar la representatividad de la FAPUV para que
entren en escena otras federaciones de corte oficialista.
El
segundo y tercer argumento carecen totalmente de fundamentación y se inscriben
en el mismo campo del propósito anterior, es decir, negar la facultad que tiene
la FAPUV y sus asociaciones afiliadas, para negociar con los patronos o
empleadores de los profesores universitarios, es decir, con las Universidades,
cuando se trate de Universidades autónomas, con personalidad jurídica propia,
en tanto establecimientos públicos de carácter corporativo, las condiciones
generales bajo las cuales el profesorado prestará sus servicios personales, lo
que se conoce como contratación colectiva.
La
contratación colectiva de trabajo es, igualmente, un derecho de los trabajadores.
La Constitución de la República lo establece en el artículo 96, en los términos
siguientes: “Todos los trabajadores y trabajadoras del sector público y del
privado tienen derecho a la negociación colectiva voluntaria y a celebrar
convenciones colectivas de trabajo, sin más requisitos que los que establezca
la ley. El Estado garantizará su desarrollo y establecerá lo conducente para
favorecer las relaciones colectivas y la solución de los conflictos laborales.
Las convenciones colectivas ampararán a todos los trabajadores y trabajadoras
activos y activas al momento de su suscripción y a quienes ingresen con
posterioridad.” Este derecho lo ha venido ejerciendo, de manera reiterada, por
un lado, la FAPUV, mediante un instrumento impuesto por el Estado: Normas de
Homologación, que, sin constituir una vía de negociación colectiva, contempla
la participación gremial. La FAPUV lo defiende y hace de la vigencia de este
instrumento un punto de honor, por contemplar un mecanismo de indexación
parcial del salario; y, por otro lado, las asociaciones de profesores de cada
Universidad, mediante contratos o convenciones colectivas que, en el pasado,
asumieron el carácter de “Actas Convenio”, en la actualidad, en su mayoría,
vencidas y casi totalmente incumplidas, por lo que se impone su actualización y
un activismo gremial que extreme su cumplimiento cabal. Resulta inexplicable que se
pretenda excluir a la FAPUV de un proceso de discusión de condiciones generales
de trabajo en el sector de la educación universitaria en Venezuela,
simplemente, porque al gobierno no le resulta de su agrado su participación;
pero, sin duda alguna, lo más grave, es que tal hecho lo auspicie y avale
algunos sectores de trabajadores, aparentemente adeptos al gobierno de turno,
suerte de esquiroles contratados para dividir y vencer, y, que, además, quieran
imponerles a los restantes trabajadores, lo que entienden por reivindicaciones,
tratando igual lo que es desigual. ¡Albricias por la democracia y el pluralismo
laboral en Venezuela!
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