"Venezuela vive una etapa de transición"


Seguidores de la oposición asisten este viernes a la primera aparición en público del líder del Parlamento y presidente encargado de Venezuela, Juan Guaidó.EFE

Prensa/DLA/26-01-2019.- El abogado experto en derecho constitucional, Jose Ignacion Hernández, cree que Juan Guaidó está siguiendo lo que dice la Constitución como una regla del juego, "de lo contrario estaríamos frente a la anarquía y la arbitrariedad".


Venezuela vive una crisis de gobernabilidad producto del enfrentamiento entre el Poder Ejecutivo y el Legislativo desde las elecciones de 2015 cuando el oficialismo perdió la mayoría (112 de 167) de escaños de la Asamblea Nacional.

Posteriormente, el Gobierno declaró la nulidad de la elección de los tres diputados del estado Amazonas, lo que le quitó la mayoría calificada a la oposición venezolana. Sin embargo, el punto de quiebre llega con la juramentación de Nicolás Maduro para un segundo periodo presidencial luego de unas elecciones sin garantías democráticas y convocadas por una Asamblea Nacional Constituyente (ANC) considerada ilegítima por juristas, lo que constituiría un proceso nulo.

El diputado Juan Guaidó como máxima autoridad de la Asamblea Nacional se juramentó como presidente encargado de la República el 23 de enero al considerar que Maduro está usurpando el Ejecutivo. Tres artículos de la Constitución sustentan sus acciones: el 233, el 333 y el 350.

Artículo 233 “(…) Cuando se produzca la falta absoluta del Presidente electo o Presidenta electa antes de tomar posesión, se procederá a una nueva elección universal, directa y secreta dentro de los treinta días consecutivos siguientes. Mientras se elige y toma posesión el nuevo Presidente o la nueva Presidenta, se encargará de la Presidencia de la República el Presidente o Presidenta de la Asamblea Nacional. Si la falta absoluta del Presidente o la Presidenta de la República se produce durante los primeros cuatro años del período constitucional, se procederá a una nueva elección universal, directa y secreta dentro de los treinta días consecutivos siguientes (…)“.

Artículo 333 “Esta Constitución no perderá su vigencia si dejare de observarse por acto de fuerza o porque fuere derogada por cualquier otro medio distinto al previsto en ella. En tal eventualidad, todo ciudadano investido o ciudadana investida o no de autoridad, tendrá el deber de colaborar en el restablecimiento de su efectiva vigencia“.

Artículo 350 “El pueblo de Venezuela, fiel a su tradición republicana, a su lucha por la independencia, la paz y la libertad, desconocerá cualquier régimen, legislación o autoridad que contraríe los valores, principios y garantías democráticos o menoscabe los derechos humanos“.

Previamente a su juramentación, en la sesión del 15 de enero se anunció, en un cabildo abierto, que asumiría la presidencia interina de la República. En su discurso definió las cuatro bases que contempla la Asamblea Nacional para alcanzar la transición hacia la democracia: declarar la usurpación de Nicolás Maduro en la presidencia; ofrecer amnistía y otras garantías legales para funcionarios militares y civiles que contribuyan a restituir el orden constitucional; solicitar a 46 países que congelen las cuentas del Estado venezolano en el extranjero y autorizar el ingreso de ayuda humanitaria al país.

Guaidó advirtió que para lograr la transición democrática en Venezuela era necesario cumplir tres etapas: cese de la usurpación, lograr un Gobierno de transición y convocar a una nueva elección.

Para analizar el entramado jurídico y político en el que se encuentra hoy Venezuela, conversamos con José Ignacio Hernández, abogado experto en Derecho Administrativo y Constitucional, y doctor en Derecho de la Universidad Complutense de Madrid.

¿Por qué se considera la usurpación del Poder Ejecutivo desde el 10 de enero de 2019 y no desde 2013 cuando hubo denuncias de un proceso electoral viciado?

En el año 2013 hubo una elección disputada, conflictiva y hasta fraudulenta pero fue una elección con una autoridad relativa, con autonomía y ciertas libertades, aunque no hubo mecanismos de verificación del proceso electoral. El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) nunca iba a declarar la usurpación del Ejecutivo, además ese proceso electoral fue reconocido por la comunidad internacional

Desde el punto de vista del derecho, la legitimidad es el reconocimiento público de una autoridad según la Constitución lo establece, que puede ser de origen (cómo accedo al poder) y de ejercicio (cómo lo ejerzo).

Cuando una elección no cumple el 50% de los estándares no hay legitimidad de origen. Maduro desmanteló la Asamblea Nacional, tiene secuestrados los poderes públicos, y viola los derechos humanos, por lo que pierde su legitimidad en ejercicio pero tenía una legitimidad de origen, aunque precaria. El 9 de enero de 2019 se acabó su mandato, y cuando se juramentó el 10 usurpó el cargo.

Estamos en una situación irregular cuya solución comenzó cuando la Asamblea Nacional trazó un mapa de transición el 15 de enero.

El artículo 233 explica que cuando asume el presidente encargado, deben convocarse elecciones en un periodo de 30 días. ¿Cómo es posible convocar un proceso electoral si Juan Guaidó en la práctica no controla los poderes públicos?

El artículo 233 tiene dos aristas: quién se encarga de la presidencia y cuándo se hacen las elecciones.

Guaidó asumió legítimamente el título de Presidente encargado pero en este momento es imposible convocar y realizar elecciones porque la usurpación se mantiene, y existe un impedimento material. Para que pueda llevarse a cabo el proceso electoral, debe cesar la usurpación, disolverse la Asamblea Nacional Constituyente (ANC), nombrar un nuevo Consejo Nacional Electoral (CNE) y un nuevo Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), liberar a los presos políticos, y cesar las inhabilitaciones políticas.

Es necesario que rescatemos la institucionalidad para poder realizar unas nuevas elecciones. Sería irresponsable convocarlas en un periodo menor a los seis meses luego de que cese la usurpación. Es importante recordar que estamos en esta crisis por unas elecciones fraudulentas (mayo 2018). Para hacer cumplir la Constitución, hay que tener elecciones libres y transparentes en el menor tiempo posible

Si se hicieran unas nuevas elecciones en las actuales condiciones, serían tan o más fraudulentas que el evento del 20 de mayo, y ello solo agravaría la crisis venezolana. Estamos en un proceso de transición de la dictadura a la democracia. Estamos en estado de excepción.

¿Cuándo entró Venezuela en estado de excepción?

Cuando la Asamblea Nacional decretó el 15 de enero la aplicación del artículo de la Constitución. Estamos en una etapa de transición ordenada pero ante lo que yo he denominado una “madeja constitucional”, donde tenemos un TSJ politizado y un fiscal nombrado por una ilegítima Asamblea Nacional Constituyente.

Hay un diseño procedimental que en derecho se conoce como ad hoc, que puede ser interpretado “para un fin específico“, contemplado en el Artículo 333 de la Constitución pero no dice cómo hacerlo.

La Constitución de 1952 no previa lo que ocurrió el 23 de enero de 1958, cuando se instaló una Junta de Gobierno y comenzó a emitir decretos. Nuestra actual Constitución en el artículo 333 explica que ésta no puede ser desconocida o derogada de manera indebida. Dicho artículo ordena a ciudadanos y funcionarios a “colaborar en el restablecimiento de su efectiva vigencia”.

¿Si la Constitución ha sido violada por el régimen y este sigue ejerciendo el poder, cómo pueden aplicarse sus artículos para restablecer la democracia?

La Constitución no ha perdido vigencia aunque ha dejado de aplicarse. Guaidó está siguiendo lo que dice la Constitución como una regla del juego mientras hay un estado de excepción, de lo contrario estaríamos frente a la anarquía y arbitrariedad.

Guaidó autorizó el ingreso de ayuda humanitaria a Venezuela, pero no controla los puertos ni organismos que podrían manejarla. Si en efecto, vienen barcos en las próximas semanas. ¿Maduro se atrevería a devolverlos?

De acuerdo con el Derecho Internacional Humanitario, Maduro debe aceptar esa ayuda. De lo contrario es responsable en el plano internacional.

Estados Unidos está considerando transferirle el pago de los ingresos petroleros venezolanos al Presidente encargado, ¿cómo podría obtenerlos y controlarlos si no tiene instituciones para su administración?

Existen varios precedentes en el mundo sobre la transferencia de fondos a gobiernos de transición, el más reciente ocurrió en Libia, mientras (Muamar) el Gadafi seguía siendo presidente. El Consejo de Transición, que era una suerte de Frente Amplio (FA) o la Mesa de la Unidad Democrática (MUD), fue reconocido como un hecho inédito por el Gobierno del Reino Unido como el legítimo Gobierno de transición y se transfirieron las cuentas bancarias a ellos.

Pero Libia terminó como un Estado fallido. ¿Ese podría ser el destino de Venezuela?

En Libia lo que ocurrió fue una guerra civil, por lo cual es un ejemplo desafortunado. Sin embargo, eso no es lo que ocurre en Venezuela, ni creo pueda ocurrir.

¿Cómo podría el Presidente encargado obtener y administrar los fondos del exterior?
Actualmente no hay capacidad de manejar los activos en el exterior, pero lo que se está buscando es proteger los activos de la República, porque en medio de la crisis de gobernabilidad los acreedores van a querer beneficiarse de esta situación. Tenemos que recordar que Venezuela perdió el Esequibo porque tenía problemas internos y cuando se dieron cuenta ya era muy tarde.

Si en efecto los fondos son transferidos al Presidente encargado, esto constituiría una suerte de sanciones económicas para Maduro. El objetivo único debe ser promover una transición democrática en el país.

¿Qué ocurrirá si Maduro decide no ceder el poder?

La legitimidad como reconocimiento tácito es la estrategia de Maduro. Si no hay un cambio en el corto plazo, Venezuela se normalizaría en la miseria y el caos. ¿Cuántos países reconocen a Corea del Norte? Este hecho no es determinante para que un gobernante se mantenga en el poder.

Se estabilizaría la miseria, y Venezuela se convertiría en un Estado forajido como el Congo, sin acceso al mercado internacional, en default, sin servicios públicos. Seríamos una suerte de Somalia latinoamericana, con una migración que supere los 10 millones de personas. Pero no es el Gobierno lo que está en juego sino Venezuela.

Entre los dos escenarios planteados: transición democrática y el Estado forajido, ¿cuál ve más probable?

Veo un escenario de transición exitosa, porque Maduro no tiene la fuerza del control de mando. El componente de las Fuerzas Armadas ayudará a ceder el poder.

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