Reportando a la comunidad



RÈGULO JOSÈ SANTOS
Venezuela

E
l mes de noviembre fue enaltecido como mes de la No violencia contra la mujer, haciendo alusión a la fecha específica, el 25 de Noviembre Día Internacional de la eliminación de la violencia contra la mujer, aprobado por la Asamblea General de Las Naciones Unidas en fecha 17 de diciembre de 1999 en memoria de las hermanas Mirabal, activistas políticas dominicanas, asesinadas el 25 de noviembre de 1960, por el dictador dominicano Rafael Leónidas Trujillo.
La violencia contra las mujeres es de muchas formas: física, sexual, psicológica, obstétrica, económica.
La violencia en contra de las mujeres se ha perpetuado por siglos de dominación masculina y de discriminación basada en el género.
Dicha violencia está cimentada en normas profundamente enraizadas en la sociedad, las cuales solo les reconocen valor a las mujeres a partir de nociones discriminatorias de castidad y honor, y es frecuentemente usada para controlar y humillar no solamente a la mujer sino a las familias y comunidades.
La Asamblea General de las Naciones Unidad declaró que la violencia contra la Mujer constituye una violación de los Derechos Humanos y de las Libertades de la Mujer, que se necesita una sincera declaración de los Derechos que se deben aplicar para asegurar la eliminación de toda violencia contra la mujer en todas sus formas y un compromiso de los Estados y de la Comunidad Internacional en general para eliminar este tipo de violencia.
En Venezuela con la aprobación de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de violencia se pretende dar cumplimiento al mandato Constitucional de garantizar por parte del Estado, el goce y ejercicio irrenunciable e independientemente de los derechos humanos de las mujeres, así como su derecho al libre desenvolvimiento de su personalidad, sin ningún tipo de limitaciones.
Por ello el Estado está obligado a brindar protección frente a situaciones que constituyan amenazas, vulnerabilidad, riesgo para la integridad de las mujeres, sus propiedades, el disfrute de sus derechos y el cumplimiento de sus deberes, mediante el establecimiento de las condiciones jurídicas y administrativas.

Violencia contra la mujer en la familia
La violencia contra la mujer comienza en la infancia y es en la familia donde principalmente se ejerce esa violencia.
La infancia es especialmente vulnerable a la violencia y la niña sufre un plus añadido por su condición femenina. A la ablación generalizada en determinadas comunidades e ineludiblemente ligada al sexo femenino, el comercio sexual que puede arrancar ya en el seno de la familia con la venta de la niña, o el infanticidio y los abusos sexuales más frecuentemente ligados al sexo femenino, se une una más estricta autoridad paterna, ejercida también por hermanos, y una educación discriminatoria que limita sus expectativas vitales.
La violencia contra la mujer especialmente la ejercida por su pareja y la violencia sexual constituye un grave problema de salud pública y una violación de los derechos humanos de las mujeres.
Las cifras recientes de la prevalencia mundial indican que el 35% de las mujeres del mundo han sufrido violencia de pareja o violencia sexual por terceros en algún momento de su vida. Por término medio, el 30% de las mujeres que han tenido una relación de pareja refieren haber sufrido alguna forma de violencia física o sexual por parte de su pareja.

Porcentaje
Un 38% de los asesinatos de mujeres que se producen en el mundo son cometidos por su pareja. Se hace referencia que la oficina de la Mujer y Familia presidida por Ilva Millán dependiente de la Alcaldía de Valera estado Trujillo- Venezuela, llevó a cabo actos recreativos en la plaza Bolívar de dicha localidad a tempranas horas respecto al día mencionado.

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